Articulo No. 1
Las presentes condiciones generales de trabajo se expiden conforme a las facultades que confiere al Ayuntamiento de Guadalajara el Artículo 73 de la Constitución política para el Estado de Jalisco y los Artículos 89,90, 91,92,93 y el séptimo transitorio de la Ley para los servidores públicos en el Estado de Jalisco y sus Municipios.
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Recibe un cordial saludo de tu amiga:
Cecy Chavez
Secretaria General