Articulo 51. Los pagos por cualquier otro concepto, se efectuarán mediante recibos con los datos generales de la persona servidora pública y la firma de la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Guadalajara o quién realice las mismas funciones, a través de cheques normativos. ¡Cuentas con nosotros! Recibe un cordial saludo de tu amiga: Cecy Chávez Secretaria General